El 1 de enero de 2026 entró en vigor una veda temporal de dos años para la pesca de la almeja chocolata (Megapitaria squalida) en la franja marina que cubre la porción frente al municipio de Loreto, Baja California Sur, según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) emitido por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
Ámbito y vigencia de la restricción
La prohibición aplica de manera ininterrumpida desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027 y se establece para la franja marina comprendida entre los 0 y 120 metros de profundidad en la jurisdicción correspondiente a Loreto. La medida es de carácter obligatorio y busca asegurar la recuperación de las poblaciones de esta especie, cuya abundancia natural fue diagnosticada como crítica en la bahía de Loreto.
Base técnica y alcance territorial
La Secretaría fundamentó la decisión en las recomendaciones del Instituto Mexicano de Investigación de Pesca y Acuacultura Sustentable (IMIPAS), que determinó la necesidad de suspender la extracción para promover la recuperación poblacional. La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) puntualizó que la disposición no se extiende a otros municipios de Baja California Sur ni a las aguas jurisdiccionales de Sinaloa o Sonora; en esas zonas, la explotación se mantiene conforme a las regulaciones ordinarias vigentes.
Obligaciones para concesionarios y pescadores
El acuerdo publicado en el DOF impone obligaciones directas a permisionarios, concesionarios, patrones de pesca, motoristas, buzos y tripulantes que desempeñan actividades en la entidad. Para ejercer controles y evitar el comercio ilegal durante la veda, las autoridades exigieron a quienes contaban con existencias de almeja chocolata al inicio del periodo presentar un inventario ante Conapesca mediante el formato oficial CONAPESCA-01-069, en un plazo de tres días hábiles.
Requisitos para traslado y comercio
La publicación normativa advierte que el traslado desde las zonas sujetas a veda de producto en cualquier estado —fresco, en hielo, congelado, cocido, seco o en otras formas de conservación— requiere documentación previa; entre los instrumentos mencionados figura la Guía de Pesca debidamente firmada, como parte de los mecanismos para supervisar y sancionar traslados no autorizados.
- Especie afectada: Megapitaria squalida (almeja chocolata)
- Ámbito: franja marina frente a Loreto, BCS
- Profundidad: 0–120 metros
- Vigencia: 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2027
Impacto en comunidades y pesca local
La veda afecta directamente a quienes realizan captura comercial y de subsistencia en la bahía de Loreto, así como a las cadenas de comercialización locales que dependen de la especie. Si bien el acuerdo permite que en otras zonas del estado el aprovechamiento continúe con las regulaciones habituales, para Loreto significa la suspensión temporal de actividades relacionadas con la recolección de esta almeja hasta que las autoridades consideren su recuperación suficiente.
Objetivo conservacionista y seguimiento científico
La medida responde a criterios científicos que buscan la recuperación de poblaciones afectadas por la sobreexplotación. El IMIPAS evaluó parámetros de abundancia y determinó que la suspensión de la pesca era la alternativa técnica para propiciar la recuperación de la especie en la bahía de Loreto. Durante la veda, corresponderá a las autoridades realizar monitoreos para verificar la respuesta poblacional y ajustar, si procede, las medidas de manejo.
Controles y sanciones
Al tratarse de una disposición publicada en el DOF, su incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas y en la aplicación de medidas de control por parte de Conapesca y otras autoridades competentes. El inventario inicial, la obligación de portar guías y la supervisión del transporte buscan reducir el riesgo de que exista comercio encubierto o extracción ilegal durante la veda.
Transparencia y pasos siguientes
Las autoridades federales encargadas de la acuacultura y pesca deberán continuar comunicando los avances de los programas de recuperación y los resultados de los monitoreos que permitan evaluar la eficacia de la veda. Para quienes dependen económicamente de la pesquería, la recomendación es permanecer atentos a las circulares de Conapesca y a los canales oficiales para conocer las medidas de apoyo o alternativas de manejo que se implementen mientras dure la suspensión.
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Especie | Megapitaria squalida (almeja chocolata) |
| Área | Frente al municipio de Loreto, BCS |
| Profundidad | 0–120 metros |
| Vigencia | 1/1/2026–31/12/2027 |
La declaratoria constituye una acción de manejo con base científica destinada a proteger un recurso costero emblemático para la región; su implementación y seguimiento serán determinantes para la recuperación de la almeja chocolata y la futura sustentabilidad de las pesquerías en la bahía de Loreto.